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Etiquetado del vino: Introducción
El 8 de diciembre de 2023 entrará en vigor el Reglamento (UE) 2021/2117, publicado el 2 de diciembre de 2021. Este Reglamento modifica la normativa vigente para los vinos y vinos aromatizados, obligando a especificar su lista de ingredientes y añadir la información nutricional tal y como se recoge en el Reglamento de información alimentaria (UE) 1169/2011.
A efectos prácticos, la nueva normativa europea de etiquetado del vino tiene como principal objetivo garantizar la seguridad alimentaria de los consumidores y asegurar su derecho a la información en temas tan relevantes como la lista de ingredientes o la tabla nutricional. De esta forma, se logra también una mayor transparencia por parte del sector y generar más confianza con el consumidor final.
Tras la aplicación del reglamento 2021/2117, y la vigencia de la normativa de 2023, los vinos (concretamente su etiquetado) deben incluir una tabla nutricional detallada y un listado de ingredientes en orden decreciente de cantidad. Es crucial destacar los alérgenos en la etiqueta, usando una tipografía distinta, para alertar a los consumidores sobre posibles alérgenos. Además, cualquier aditivo utilizado debe ser claramente especificado con su función o categoría.
¿Qué se conoce como “ingrediente”?
De acuerdo con la norma un ingrediente es:
“Cualquier sustancia o producto, incluidos los aromatizantes, los aditivos alimentarios y los enzimas alimentarios, o cualquier constituyente de un ingrediente compuesto, que se utilice en la fabricación o la preparación de un producto alimenticio y que siga estando presente en el producto acabado, posiblemente en una forma modificada; los residuos no se consideran ingredientes” [(UE) 1169/2011].
Requisitos e información para el etiquetado de vinos
A partir del 8 de diciembre de 2023, las etiquetas de todos los vinos producidos en la UE deben ajustarse al nuevo marco legal y cumplir los requisitos definidos en el Reglamento (UE) 2021/2117. Los criterios más relevantes son los siguientes:
- Mostrar toda la información relativa a ingredientes y valores nutricionales del producto. Esto puede realizarse a través de la etiqueta física o de forma digital, utilizando, por ejemplo, un código *QR. En el caso de utilizar este formato digital, el código estará situado “en el mismo campo visual que otras menciones obligatorias”; además, el destino al que remita dicho código debe ser neutral, es decir, no puede incluir información comercial o publicitaria.
- Implementar un código QR en tus etiquetas no solo asegura cumplimiento con las regulaciones sino que también moderniza la presentación de tu producto. Este código puede vincular a una página web donde el consumidor puede explorar más sobre el vino, su origen, y métodos de producción, enriqueciendo así la experiencia del cliente y fortaleciendo la transparencia de tu marca.
- *Esto es posible ya que, por primera vez en el sector alimentario, el marco legal de la Política Agrícola Común de la Unión Europea (PAC) autoriza a comunicar parte de la información obligatoria a través de etiquetas electrónicas, siempre que se facilite un código QR en el producto, para acceder fácilmente a la información. Otro matiz a tener en cuenta es que aunque el QR muestre toda la información, existen dos datos que se deben de comunicar obligatoriamente a través de la etiqueta física de la botella:
- El valor energético. Las calorías se pueden expresar mediante el símbolo «E» de energía: 100 ml E= xx kJ/ xx kcal
- Los alérgenos. Se debe mostrar el nombre exacto del alérgeno como por ejemplo: “Contiene sulfitos”.
- La etiqueta debe colocarse en un lugar destacado, de manera que sea fácilmente visible, claramente legible y, en su caso, indeleble. En modo alguno estará disimulada, tapada o separada por ninguna otra indicación o imagen, ni por ningún otro material interpuesto. Además, el tamaño mínimo de la letra debe ser de 1,2 mm.
- Tanto en el formato físico como en el digital, la información debe ofrecerse en todos los idiomas de aquellos países de la UE en los que se comercializa el producto.
Incumplir alguno de los requisitos dispuestos por el reglamento puede suponer, entre otras sanciones, la retirada del producto del mercado.
Novedades en la nueva normativa de etiquetado
Esta nueva legislación supone, en concreto, la modificación de los siguientes reglamentos:
- El Reglamento (UE) nº. 1151/2012, que atiende a los “regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios”.
- El Reglamento (UE) nº. 228/2013, a través del que “se establecen medidas específicas en el sector agrícola en favor de las regiones ultraperiféricas de la Unión”.
- El Reglamento (UE) nº. 1308/2013, referente a la “organización común de mercados de los productos agrarios”.
- El Reglamento (UE) nº. 251/2014, sobre la “definición, descripción, presentación, etiquetado y protección de las indicaciones geográficas de los productos vitivinícolas aromatizados”.
A grandes rasgos, la principal novedad que implica la entrada en vigor de la nueva normativa es una mayor exigencia de transparencia en la composición de los vinos comercializados. Esto permite que los consumidores tengan más conocimientos sobre los productos, pero también ha generado algunas críticas, como, por ejemplo, el posible incremento de costes del etiquetado o el hecho de que algunas personas pueden sentir recelo de la presencia de ciertas sustancias o aditivos. En este sentido, es recomendable una tarea de divulgación enológica que antes, quizás, no era necesaria.
¿Cuándo entra en vigor la nueva normativa de etiquetado?
El Reglamento (UE) 2021/2117 entra en vigor el 8 de diciembre de 2023, por lo que todos los vinos producidos y comercializados a partir de dicha fecha deben aplicar este marco legal.
Etiquetado medioambiental – Italia
El etiquetado medioambiental en Italia entrará en vigor el 1 de enero de 2023, según el artículo 219.5 del Decreto Legislativo 152/2006.
Es una medida importante para promover prácticas más sostenibles en la correcta gestión de envases.
Según esta normativa, los envases deben incluir información relevante para los consumidores, como la codificación alfanumérica del material del envase de acuerdo con la Decisión 97/129/CE. Además, si el envase está destinado al consumidor final, se debe indicar de manera exhaustiva el tipo de material utilizado y la fracción o contenedor donde depositarse. Esto ayudará a los consumidores a realizar un reciclaje adecuado y a comprender mejor el ciclo de vida de los envases.